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Artículo 1°. - Suspender el funcionamiento del Centro Preuniversitario en el Distrito de Ate - Lima, ciclo setiembre - diciembre 2018; en tanto se establezcan las condiciones necesarias para una adecuada coordinación entre la Municipalidad de Ate y la Universidad Nacional Agraria de la Selva.
Artículo 2°. - Encargar a la Dirección del Centro Preuniversitario, implementar las acciones correspondientes con la finalidad de establecer canales de coordinación que permitan garantizar el funcionamiento adecuado del Centro Preuniversitario en el Distrito de Ate - Lima.
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