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La UNAS presenta el Reglamento de Prevención e Intervención en casos de Hostigamiento Sexual, que se muestra a continuación:
Reglamento de Prevención e Intervención en casos de Hostigamiento Sexual de la Universidad Nacional Agraria de la Selva
Artículo 1.- Alcances
El presente Reglamento se desarrolla en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución Ministerial N° 380-2018-MINEDU, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 18 de julio de 2018, que aprueba los “Lineamientos para la elaboración de documentos normativos internos para la prevención e intervención en los casos de hostigamiento sexual en la comunidad universitaria” el presente reglamento es de alcance a toda la comunidad universitaria integrada por:
- Las autoridades de la Universidad Nacional Agraria de la Selva: rector, vicerrectores, consejeros, secretarios generales, decanos, directores, miembros de órganos colegiados o quienes hagan sus veces.
- Los docentes ordinarios, extraordinarios o contratados, a tiempo parcial o completo y que enseñen bajo la modalidad presencial, semi presencial o a distancia de la Universidad Nacional Agraria de la Selva.
- Los jefes de práctica, ayudantes de cátedra o de laboratorio y demás formas análogas de la colaboración a la labor del docente.
- Los estudiantes de pregrado y posgrado, de segunda especialidad, así como de los programas de educación continua.
- El personal administrativo por cualquier modalidad contractual de la Universidad Nacional Agraria de la Selva.
Archivo adjuntos:
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